¿Por qué las mujeres con discapacidad tienen barreras para ejercer su derecho a la salud sexual y reproductiva?

Mujer encerrada

Ángeles Alcedo es profesora en la Universidad de Oviedo y experta en los temas de mujer y discapacidad.


Esta persona colabora con la campaña de Plena inclusión #SoyPromotoraDeSalud.


Y dentro de esta campaña conversamos con ella
para que nos dé algunas claves
que explican el derecho a la salud
de las mujeres con discapacidad intelectual,
autismo y parálisis cerebral.

En esta segunda conversación
Ángeles nos habla de por qué
estas mujeres tienen barreras
para ejercer su derecho
a la salud sexual y reproductiva.

Interseccionalidad

Esta palabra se refiere
a diferentes tipos de discriminación
que actuan juntos
y causan desigualdades muy grandes.

A eso se refiere el artículo 16 punto 2
del 2º Manifiesto de las mujeres y niñas con discapacidad.

Esta discriminación de varios tipos
que actúa al mismo tiempo
sobre una misma persona
provoca mucha desigualdad
en las mujeres y niñas con discapacidad.

En el mundo de la discapacidad
los valores masculinos
todavía tienen mucha influencia.
Este modelo masculino
ha influido en la mayoría de:
– Las políticas.
– Las leyes.
– Las investigaciones.
– Los programas y acciones.
Este modelo masculino
ha provocado que los problemas
de las mujeres y niñas con discapacidad
todavía sean muy invisibles.

El organismo que controla
la aplicación de la Convención de Derechos
de las personas con discapacidad.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su Observación General al artículo 6, también reconoce que, a las mujeres con discapacidad -más a menudo que a los hombres con discapacidad y que a la población más amplia de mujeres-, se les niega su derecho a mantener el control sobre su salud reproductiva, el derecho a fundar una familia, el derecho a elegir dónde y con quién vivir, etc. Estos valores andrógenos fomentan y a la vez se sustentan en estereotipos sociales y falsas creencias fuertemente arraigadas, que permean en la sociedad de modo que no se perciben como cuestionables.

Así, a la mujer con DI se la considera asexuada o sexualmente inactiva; su derecho a la maternidad se encuentra vedado o disuadido debido a los múltiples estereotipos negativos acerca de su capacidad para la crianza de los hijos, o de las posibles consecuencias emocionales y psicosociales que estos puedan sufrir, o el riesgo de que las disfuncionalidades que supuestamente representa la presencia de una discapacidad se trasmitan como herencia, y etc., etc.

En definitiva, sufren una discriminación basada en múltiples aspectos de su identidad, como el género y la discapacidad, que conlleva mucha asimetría, desigualdad y obstáculos en el acceso a los servicios de salud.

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¿Qué factores pueden explicar o estar relacionadas con las barreras que tienen las mujeres con discapacidad intelectual para ejercer sus derechos sexuales y reproductivos?

El “2º Manifiesto de las mujeres y niñas con discapacidad”, en su artículo 16.2, señala que la existencia de diferentes categorías de discriminación, construidas social y culturalmente, interactúan en múltiples y simultáneos niveles, contribuyendo a una sistemática desigualdad social.

Esta interacción de factores (también llamada interseccionalidad) tiene un efecto multiplicador en las mujeres y niñas con discapacidad, potenciando la discriminación (UE, 2011). Así, en el ámbito de la discapacidad también existe un predominio de valores andrógenos, siendo el patrón masculino el modelo sobre el que se han diseñado políticas, investigaciones, programas, acciones, etc., manteniendo la invisibilidad de las mujeres y las niñas con discapacidad.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su Observación General al artículo 6, también reconoce que, a las mujeres con discapacidad -más a menudo que a los hombres con discapacidad y que a la población más amplia de mujeres-, se les niega su derecho a mantener el control sobre su salud reproductiva, el derecho a fundar una familia, el derecho a elegir dónde y con quién vivir, etc. Estos valores andrógenos fomentan y a la vez se sustentan en estereotipos sociales y falsas creencias fuertemente arraigadas, que permean en la sociedad de modo que no se perciben como cuestionables.

Así, a la mujer con DI se la considera asexuada o sexualmente inactiva; su derecho a la maternidad se encuentra vedado o disuadido debido a los múltiples estereotipos negativos acerca de su capacidad para la crianza de los hijos, o de las posibles consecuencias emocionales y psicosociales que estos puedan sufrir, o el riesgo de que las disfuncionalidades que supuestamente representa la presencia de una discapacidad se trasmitan como herencia, y etc., etc.

En definitiva, sufren una discriminación basada en múltiples aspectos de su identidad, como el género y la discapacidad, que conlleva mucha asimetría, desigualdad y obstáculos en el acceso a los servicios de salud.

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2 comentarios en “¿Por qué las mujeres con discapacidad tienen barreras para ejercer su derecho a la salud sexual y reproductiva?”

  1. Yamile rodriguez bravo

    Hola estoy comenzando una investigación sobre la maternidad y paternidad en persona con discapacidad, y desearía tener información para orientar sobre la estimulación temprana de sus hijos

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